¿Tu empresa es sujeto obligado ante la UIF-Perú?
Si tu empresa realiza ciertas actividades, la ley la obliga a prevenir el lavado de activos y a reportar a la UIF-Perú. Esta guía explica quiénes están obligados, qué deben implementar y cómo empezar.

Muchas empresas descubren que son sujeto obligado cuando un banco les pide su manual de prevención o cuando reciben una comunicación de la UIF-Perú. Saberlo a tiempo permite ordenar los controles sin apuro y evitar sanciones.
¿Qué es un sujeto obligado?
Un sujeto obligado es una persona natural o jurídica que, por la actividad que realiza, debe implementar un sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (PLAFT) y entregar información a la UIF-Perú, la Unidad de Inteligencia Financiera que forma parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La base legal está en la Ley N.° 27693, que creó la UIF-Perú, y en la Ley N.° 29038, que define la lista de sujetos obligados. Esa lista se ha ampliado con los años; por ejemplo, en 2023 se incorporaron los proveedores de servicios de activos virtuales.
¿Qué actividades son sujeto obligado?
Además de bancos, aseguradoras y otras entidades del sistema financiero, la ley incluye actividades no financieras en las que el riesgo de lavado es mayor. Entre otras:
- Empresas de construcción e inmobiliarias.
- Compraventa de vehículos y maquinaria.
- Compraventa de joyas, metales y piedras preciosas.
- Casas de cambio y empresas de préstamos o empeño.
- Agentes de aduana y notarios.
- Organizaciones que reciben donaciones o aportes de terceros.
- Firmas de abogados y contadores, cuando realizan ciertas operaciones por encargo de sus clientes.
- Proveedores de servicios de activos virtuales, como el intercambio o la custodia de criptoactivos.
Cada actividad tiene condiciones propias. Una constructora o una inmobiliaria, por ejemplo, puede estar obligada solo por ciertos tipos de operación. En el diagnóstico verificamos si tu empresa está dentro del alcance.
¿Qué debe implementar un sujeto obligado?
Para los sujetos obligados que supervisa directamente la UIF-Perú, la norma principal es la Resolución SBS N.° 789-2018 y sus modificatorias. En resumen, exige:
| Obligación | Qué implica |
|---|---|
| Oficial de cumplimiento | Designar a la persona responsable del sistema y comunicarlo a la UIF-Perú dentro de los 15 días hábiles. |
| Manual y código de conducta | Aprobar un manual de prevención y gestión de riesgos, y un código de conducta, y mantenerlos actualizados. |
| Evaluación de riesgos | Identificar y evaluar los riesgos de lavado de tu actividad y aplicar controles proporcionales. |
| Debida diligencia | Identificar y verificar a clientes, beneficiarios finales, trabajadores y proveedores, con un régimen reforzado para los casos de mayor riesgo. |
| Registro de operaciones | Registrar las operaciones que superan los umbrales fijados para tu sector, de forma completa y oportuna. |
| Reporte de operaciones sospechosas | Analizar las operaciones inusuales y reportar a la UIF-Perú las que resulten sospechosas. |
| Capacitación | Capacitar al personal al menos una vez al año e inducir a los nuevos trabajadores dentro de sus primeros 30 días. |
| Informe anual | Presentar a la UIF-Perú el informe anual del oficial de cumplimiento. |
¿Quién puede ser el oficial de cumplimiento?
El oficial de cumplimiento es una persona natural que vigila que el sistema funcione, capacita al equipo, evalúa las operaciones inusuales y es el interlocutor ante la UIF-Perú. Debe cumplir requisitos de idoneidad: experiencia en el tema, no tener condenas por delito doloso ni deudas vencidas importantes, entre otros.
Puede trabajar a dedicación no exclusiva. En empresas pequeñas, el gerente general puede asumir el cargo solo si la empresa cumple a la vez ciertas condiciones: ser micro o pequeña empresa, tener hasta diez trabajadores, no pertenecer a un grupo económico y realizar una sola actividad obligada.
¿Qué pasa si no cumples?
La UIF-Perú supervisa a los sujetos obligados y puede imponer multas por no implementar el sistema, no designar al oficial de cumplimiento, no registrar operaciones o no reportarlas. Además, hay un costo comercial: cada vez más bancos y clientes corporativos piden políticas de prevención y debida diligencia antes de trabajar con una empresa.
Cómo implementar el PLAFT en tu empresa
- Diagnóstico: confirmar si eres sujeto obligado y qué riesgos tiene tu actividad.
- Diseño: elaborar el manual, el código de conducta y los procedimientos de debida diligencia.
- Designación: nombrar al oficial de cumplimiento y comunicarlo a la UIF-Perú.
- Implementación: capacitar al equipo y poner en marcha los registros y controles.
- Seguimiento: revisar el sistema, presentar el informe anual y actualizar la evaluación de riesgos.
En Grupo Spectra te acompañamos en todo el proceso con nuestro programa PLAFT, y si tu empresa además ejecuta proyectos complejos, puedes sumar nuestra gestión de proyectos con metodología PMBOK.
Esta guía es informativa y resume la normativa vigente a octubre de 2026. Las reglas cambian; antes de tomar decisiones, revisa tu caso con un especialista.
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